plazos, cómo presentarlas y qué conseguir

Cuando el Ministerio de Sanidad publica los resultados provisionales del examen MIR, comienza un periodo oficial de reclamaciones en el que puedes solicitar la corrección de errores en tu puntuación. Es un derecho que conviene conocer bien, porque una centésima puede suponer varios puestos en el ranking y marcar la diferencia a la hora de elegir especialidad.

En este artículo te explicamos qué puedes reclamar, cómo hacerlo paso a paso y qué opciones tienes si la respuesta del Ministerio no te satisface.

Índice de contenidos

¿Qué son las reclamaciones MIR?

Tras el examen MIR, el Ministerio de Sanidad publica en dos fases las notas de los aspirantes: primero los resultados provisionales y, tras resolver las alegaciones presentadas, los resultados definitivos. Las reclamaciones son el mecanismo oficial para solicitar la corrección de errores detectados en tu puntuación provisional antes de que quede definitivamente fijada.

El proceso está regulado por la normativa de cada convocatoria y gestionado por la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.

¿Cuándo se puede reclamar?

El plazo de reclamaciones comienza el día siguiente a la publicación de los resultados provisionales y tiene una duración de 4 días hábiles. El Ministerio publica la fecha exacta de inicio y fin junto con los propios resultados provisionales.

Los resultados provisionales suelen publicarse entre finales de febrero y principios de marzo, aproximadamente un mes después del examen. Los definitivos se publican habitualmente unas 3 o 4 semanas después.

Fase Momento aproximado
Examen MIR Última semana de enero
Resultados provisionales Finales de febrero – principios de marzo
Plazo de reclamaciones 4 días hábiles desde la publicación provisional
Resultados definitivos Marzo (aprox. 3-4 semanas tras provisionales)
Recurso de alzada (si procede) 1 mes desde la publicación de resultados definitivos

Importante: las fechas exactas varían cada convocatoria. Consulta siempre la resolución oficial publicada en la web del Ministerio de Sanidad: fse.sanidad.gob.es

¿Qué puedes reclamar?

El modelo de reclamación oficial contempla tres apartados sobre los que puedes solicitar corrección:

1. Evaluación del ejercicio

Reclamaciones relacionadas con la nota del examen: número de preguntas correctas, erróneas o en blanco; valoración de una respuesta concreta; o puntuación final del ejercicio. Si crees que una respuesta tuya ha sido valorada de forma errónea, o que una pregunta en blanco ha sido contada como incorrecta, este es el apartado donde indicarlo.

2. Evaluación de méritos académicos

Reclamaciones sobre la valoración del expediente universitario y la puntuación de méritos académicos. Es el apartado con mayor número de reclamaciones en cada convocatoria, ya que puede haber discrepancias entre los méritos del certificado universitario y la valoración asignada por el Ministerio.

Ten en cuenta: si no presentaste tu expediente académico dentro del plazo de inscripción, esta reclamación no puede subsanarlo. El Ministerio solo puede corregir errores en la valoración de documentación ya aportada, no añadir documentación nueva que no se entregó en plazo.

3. Puntuación total individual

Reclamaciones sobre el resultado final: la suma correcta del 90% de la nota del examen y el 10% de méritos académicos, y el número de orden que te corresponde en el ranking.

Cómo presentar la reclamación paso a paso

Las reclamaciones se tramitan con carácter general por vía telemática a través de la plataforma FSE del Ministerio de Sanidad. Necesitas disponer de DNI o NIE y un sistema de identificación electrónica (certificado digital o Cl@ve).

  1. Accede a la plataforma FSE del Ministerio: fse.sanidad.gob.es
  2. Ve al apartado «Convocatoria Actual» y selecciona «Presentación de Subsanaciones».
  3. Cumplimenta el formulario con tus datos: DNI/NIE, especialidad sanitaria y número de expediente. Guárdalo antes de continuar.
  4. Incorpora los documentos que justifican tu reclamación: hoja de respuestas, certificado académico, o ambos según el caso.
  5. Registra electrónicamente la solicitud.

El Ministerio recomienda consultar el manual de ayuda disponible en la propia plataforma antes de comenzar, para evitar errores formales que puedan impedir la tramitación correcta.

Si tienes dudas durante el proceso, el Ministerio habilita correos de atención específicos en el periodo de reclamaciones: [email protected] y [email protected], con atención de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas.

Si no tienes DNI o NIE

Los aspirantes sin identificación electrónica española deben presentar la reclamación de forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno. Si resides fuera de España, puedes hacerlo en la representación diplomática u oficina consular española de tu país.

En todos estos casos debes utilizar el modelo de reclamación oficial disponible en la web del Ministerio, adjuntando la documentación justificativa correspondiente.

Caso especial — inscripción con pasaporte y ahora tienes DNI o NIE: debes solicitar el cambio del documento de identidad adjuntando el modelo de reclamación y copia del nuevo documento a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, dirigido al Ministerio de Sanidad – Secretaría de Estado de Sanidad.

¿Cuándo y cómo responde el Ministerio?

El Ministerio de Sanidad va resolviendo las reclamaciones desde que se cierra el plazo hasta la publicación de los resultados definitivos. No existe un plazo fijo de respuesta individual, aunque lo habitual es que todo quede resuelto en el momento de publicarse los definitivos, entre 10 y 15 días después del cierre del plazo.

Si tu reclamación es estimada, tu puntuación y número de orden en el ranking se actualizarán en los resultados definitivos. Si es desestimada, puedes interponer un recurso de alzada (ver siguiente sección).

Si no estás de acuerdo con los resultados definitivos: recurso de alzada

Una vez publicados los resultados definitivos, si no estás conforme puedes interponer un recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Sanidad, que es el órgano superior de la Dirección General de Ordenación Profesional.

  • Plazo: un mes desde el día siguiente a la publicación de los resultados definitivos.
  • Resolución: el Ministerio tiene un plazo máximo de tres meses para resolverlo.
  • Cómo presentarlo: de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración, o presencialmente en las oficinas de registro.

Aunque la tasa de estimación es baja, en los casos donde se acredita un error real sí produce cambios. En la convocatoria MIR 2021, por ejemplo, el Ministerio estimó seis recursos de alzada que modificaron el número de orden de los aspirantes afectados en los listados definitivos.

¿Merece la pena reclamar?

Depende de cada caso, pero la respuesta general es: si detectas cualquier error, presenta la reclamación. El proceso es gratuito, telemático y no tiene ningún coste ni consecuencia negativa para el aspirante.

Los motivos más habituales de reclamación son:

  • Expediente académico mal baremado: es el más frecuente. Puede ocurrir si hay discrepancias entre el certificado aportado y la valoración asignada por el Ministerio. En la convocatoria MIR 2026, el número de reclamaciones por este motivo fue especialmente elevado debido a errores en la aplicación del baremo académico.
  • Error en el cómputo de respuestas: si crees que el número de aciertos, errores o blancos no coincide con tu hoja de respuestas.
  • Error en la puntuación total: si la suma del 90% del examen y el 10% de expediente no cuadra con tu cálculo.

Recuerda: en el MIR, los méritos académicos suponen el 10% de la puntuación final. Una diferencia en la valoración del expediente puede mover varios puestos en el ranking, especialmente en las posiciones medias donde la competencia es más ajustada.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no reclamo y después veo un error?

Una vez publicados los resultados definitivos, ya no es posible presentar reclamaciones ordinarias. Si detectas un error tras los definitivos, la única vía es el recurso de alzada, que tiene un plazo de un mes desde su publicación.

¿Puedo añadir documentación que no presenté en la inscripción?

No. El Ministerio solo puede corregir errores en la valoración de documentación ya aportada en plazo. Si no presentaste el expediente académico durante la inscripción, no se puede incluir en la reclamación.

¿Las reclamaciones pueden cambiar mi número de orden?

Sí. Si tu reclamación es estimada y tu puntuación varía, tu número de orden en el ranking se recalcula en los resultados definitivos.

¿Cuánto tarda el Ministerio en responder?

No existe un plazo individual definido. Lo habitual es que las reclamaciones queden resueltas con la publicación de los resultados definitivos, aproximadamente entre 10 y 15 días después del cierre del plazo de reclamaciones.

¿Puedo reclamar si estoy en el extranjero?

Sí. Si tienes DNI o NIE y sistema de identificación electrónica, puedes tramitarlo online desde cualquier lugar. Si no dispones de identificación electrónica española, puedes presentar la reclamación en el consulado o embajada española de tu país.

¿Qué es el recurso de alzada y en qué se diferencia de la reclamación?

La reclamación se presenta sobre los resultados provisionales y es el primer paso. El recurso de alzada es un recurso administrativo que se interpone contra los resultados definitivos si no estás conforme con la resolución. Tiene un plazo de un mes y el Ministerio dispone de hasta tres meses para resolverlo.

Si el recurso de alzada es desestimado, ¿qué más puedo hacer?

Si el recurso de alzada es desestimado o no se resuelve en el plazo de tres meses (silencio administrativo negativo), puedes acudir a la vía contencioso-administrativa ante los tribunales. Se trata de un proceso judicial y se recomienda contar con asesoramiento legal.



Fuente: plazos, cómo presentarlas y qué conseguir